Jueves 23 de abril a las 12h.
Estamos a la espera de que se publique la última convocatoria de ayudas LEADER para la Comunidad Valenciana a lo largo de la semana pero avanzamos que:
Estas ayudas están destinadas al desarrollo rural, siendo los beneficiarios personas físicas o jurídicas de carácter privado, microempresas o pymes, agrupaciones sin personalidad jurídica, siempre y cuando estén domiciliadas en la Comunidad Valenciana y el objeto de su inversión se vaya a producir en el área rural.
¿Cuánto dinero nos pueden dar y para qué tipo de inversiones?
Para todo tipo de empresas (no se incluyen las agrícolas):
- Si es para la creación de la empresa o creación de nuevas líneas de negocio: 100% de la inversión, con el límite de 60.000€ por beneficiario.
- Si es para mejoras en la empresa:
30% de la inversión, con el límite 21.000€ (si es persona física, microempresa o pequeña empresa)
20% de la inversión, con el límite 14.000€ (si es mediana empresa)
Para empresas agroalimentarias:
- Si es para mejora o creación de una empresa, cuyo producto final esté incluido en el Anexo I del TFUE, que podéis consultar aquí.
40% de la inversión, con el límite 28.000€ (si es persona física, microempresa o pequeña empresa)
30% de la inversión, con el límite 21.000€ (si es mediana empresa)
- Si es para mejora o creación de una empresa para los casos en que el producto final no esté incluido en la citada lista:
30% de la inversión, con el límite 21.000€ (si es persona física, microempresa o pequeña empresa)
30% de la inversión, con el límite 14.000€ (si es mediana empresa)
En cuanto a los tipos, las posibilidades son muy amplias, ya que podría ser adquirir un nuevo camión o furgoneta, hacer una reforma para mejorar nuestro alojamiento rural, comprar una máquina telescópica, una jaula de animales, nueva maquinaria para la fábrica, iniciarnos en un nuevo negocio.... Si tienes alguna duda sobre si tu proyecto puede ser susceptible de ser subvencionado, contacta con nosotros y asegúrate.
Elige en qué anualidad quieres invertir sabiendo que el presupuesto para la Zona Rural LEADER 2.ALTMAESTPORTS es de:
Anualidad 2020 - 90.909,09€
Anualidad 2021 - 715.704,93€
Anualidad 2022 - 146.825,75€
Si ya hubieras hecho la solicitud en el pasado ejercicio 2018 o 2019, pero ahora quisieras hacerla para otro proyecto de inversión con otra ubicación, sería perfectamente válido. Ahora bien, para una misma inversión ya no se puede volver a solicitar.
¿Qué plazo hay para solicitar la ayuda?
Inicio: 27/4/2020 (aunque el plazo está suspendido por el estado de alarma)
Plazo máximo: 20 días hábiles (no cuentan festivos, sábados ni domingos) a partir del fin estado de alarma COVID-19.
¿Cuándo hay que realizar la inversión?
La inversión debe realizarse una vez presentada la solicitud, por tanto, no es posible solicitarla para proyectos que ya estén iniciados.
¿Debo hacer la inversión ya?
No es necesario. Puedes esperar a ver si te conceden o no la ayuda, y en ese momento ejecutar la inversión, cumpliendo con los plazos estipulados en la solicitud (acorde a los permitidos en la convocatoria).
¿Cuándo me dirán si me han concedido o no la ayuda?
Tienen seis meses a contar desde la finalización del plazo para presentar la solicitud (el cual está suspendido mientras dure el estado de alarma).
¿Cuándo cobraré la ayuda?
Una vez justificada y realizado la solicitud del pago de la ayuda, el gerente del GAL tiene dos meses para verificar el cumplimiento de los requisitos y la documentación aportada, y emitir un certificado, que será aprobado por la junta directiva del GAL y serán remitidos a la Dirección General, quién resolverá el pago de la misma.
Aún así, los beneficiarios de la primera convocatoria, ejercicio 2018, aún no han cobrado nada.
¿Durante cuánto tiempo tengo que mantener la inversión y resto de compromisos?
La obligación de mantenimiento de la inversión es de 5 años contado a partir de la fecha del pago último de la subvención (10 años para el caso de inversiones en bienes inmuebles en el caso de operaciones relacionadas con alojamientos de turismo rural).
¿Va a crear empleo con la inversión realizada?
En el tema del mantenimiento de empleo, al igual que si planteamos creación del mismo, debes saber que estás obligado a mantener el empleo o la creación del mismo, durante el periodo de años desde la fecha del último pago de la ayuda (indicado en el punto anterior). En caso de no estar seguro de poder mantener ese empleo, en la descripción del Plan de Viabilidad hay que hacer mención expresa de que no te comprometes al mantenimiento del empleo estable.
Si quieres más información puedes, o bien contactar con la oficina del LEADER, con Ana en el teléfono 623035412 o mail: admnistracion@altmaesports.org; con José Antonio al teléfono 622614095 o mail gerencia@altmaesports.org; o bien, puedes ponerte en contacto con nosotros en el 964160958 y preguntar por Cristina Guardiola.